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miércoles, 28 de febrero de 2018

Procedimiento de habilitación excepcional y de habilitación provisional para el personal de atención directa de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia


Orden 1/2018, de 8 de enero, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen los procedimientos de habilitación excepcional y de habilitación provisional para el personal de atención directa de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia y se fijan determinados plazos y excepciones de cualificación de dicho personal.
Consúltalo aquí

Plazo de presentación de solicitudes: 

Del Sáb, 13 Ene 2018 al Lun, 31 Dic 2018
Objeto: 
Habilitar al personal auxiliar de ayuda a domicilio y al personal de atención directa de centros residenciales de mayores y de centros de personas con discapacidad (gerocultores y cuidadores) que no posean la cualificación profesional.
Destinatarios: 
Auxiliares de ayuda a domicilio, gerocultores y cuidadores que a 31 de diciembre de 2017 no estén cualificada/os.
Requisitos: 
-Haber trabajado o trabajar como auxiliar de ayuda a domicilio o como gerocultor/a o como cuidador/a y tener una experiencia acumulada a 31 de diciembre de 2017 de 3 años en los últimos 12 años, con un mínimo de 2.000 horas, o bien, sin alcanzar esa experiencia, disponer de 300 horas de formación relacionada.

- Si no se dispone de suficiente experiencia, ni de suficiente formación, se certificará una habilitación provisional siempre que firme una declaración responsable de compromiso de cualificación antes del 31/12/2022.
Criterios: 
Cumplir los requisitos.
Documentación a aportar: 
- DNI o NIE

- Informe de Vida Laboral

- Certificados de empresa o/y copia compulsada de contratos que acrediten la experiencia en esos puestos o con esas funciones.
Lugar de presentación: 
Presencialmente (o por correo certificado) en la Consejería de Bienestar Social, en las Direcciones Provinciales de dicha consejería o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Telemáticamente a través del Registro electrónico en: https://www.jccm.es/

Para más información puedes venir a la Agencia de Empleo y Desarrollo Local. Centro de Formación y Empleo.



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